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Nuevas disposiciones anti-Covid para entrar en el Vaticano

Un decreto general, firmado por el cardenal secretario de Estado Parolin, extiende a los órganos de la Santa Sede lo que ya ha sido establecido por una ordenanza del presidente de la Comisión Pontificia del Estado de la Ciudad del Vaticano: sólo será posible entrar en las oficinas de la Curia con un certificado que acredite la vacunación o la recuperación del SARS-Cov-2

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Desde el 23 de diciembre, sólo podrán entrar en las oficinas de la Curia quienes cuenten con un certificado que acredite la vacunación o la recuperación del SRAS-Cov-2. Así lo establece un nuevo decreto general, firmado por el cardenal secretario de Estado del Vaticano, Pietro Parolin, que dispone nuevas reglas "teniendo en cuenta la persistencia y el agravamiento de la actual situación de emergencia sanitaria y la necesidad de adoptar medidas adecuadas para contrarrestarla y garantizar el desarrollo seguro de las actividades".

El nuevo decreto – que sigue a la ordenanza del 16 de diciembre pasado sobre la emergencia sanitaria pública (N. CDLXI) del Presidente de la Comisión Pontificia del Estado de la Ciudad del Vaticano, monseñor Fernando Vérgez Alzaga – se aplica a todo el personal de los Dicasterios, organismos y oficinas de la Curia Romana y de las Instituciones relacionadas con la Santa Sede, y se extiende también a los colaboradores externos, al personal de empresas externas, a los visitantes y a los usuarios.

Según cuanto se lee, el personal que no disponga de un green pass válido que acredite, exclusivamente, el estado de vacunación o la curación del virus, no podrá acceder al puesto de trabajo y deberá ser considerado como ausente injustificado, con la consiguiente suspensión del sueldo mientras dure su ausencia. Esto se entiende sin perjuicio de las deducciones de la seguridad social y asistencial y de las integraciones para el núcleo familiar. La ausencia injustificada al puesto de trabajo tendrá las consecuencias previstas en el Reglamento General de la Curia Romana.

 

A partir del 31 de enero de 2022, a quienes trabajen en contacto con el público sólo se les reconocerá la documentación que acredite que han recibido una vacuna de refuerzo tras el ciclo primario.

Además de los controles realizados por el Cuerpo de la Gendarmería, el decreto establece que cada entidad debe comprobar el cumplimiento de los requisitos, fijando los procedimientos operativos para organizar estos controles e identificando a las personas responsables de investigar e impugnar los incumplimientos. En cuanto a los Dicasterios, la competencia sobre el tema corresponde a los subsecretarios.

La evaluación de los elementos para una posible exención de las obligaciones de la Ordenanza corresponde a la Secretaría de Estado, previo dictamen de la Dirección de Salud e Higiene. Posteriormente, el director de la entidad presentará las solicitudes a la Sección de Asuntos Generales.

El decreto también se lee que esto se entiende sin perjuicio de otras restricciones que las autoridades sanitarias competentes del Vaticano consideren necesarias imponer a las personas procedentes de países con alto riesgo de contagio.

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24 diciembre 2021, 14:55