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El sigilo sacramental constituye un secreto inviolable, que impide a los sacerdotes hablar sobre el contenido de la confesión El sigilo sacramental constituye un secreto inviolable, que impide a los sacerdotes hablar sobre el contenido de la confesión  

Proyecto de ley costarricense: Un “ataque directo a la doctrina” católica

El episcopado de Costa Rica se opuso al proyecto de ley que implicaría la eliminación del secreto de confesión, por ello, la Iglesia invitó a los fieles a unirse en rechazo a la iniciativa en curso.

Ariana Pernía Paolini – Ciudad del Vaticano

La Conferencia Episcopal de Costa Rica (CECOR) manifestó, el pasado 31 de octubre, su , encaminado a luchar contra la impunidad en materia de delitos sexuales cometidos a menores de edad, al considerar que pretende obligar “al sacerdote confesor a revelar la información confiada por un penitente”.

Los obispos costarricenses calificaron la iniciativa como un “claro intento de algunos legisladores de inmiscuirse en la doctrina y liturgia de la Iglesia”, a través del irrespeto a la sacralidad de la confesión, en la cual “el penitente está frente a Dios y su conciencia”. A este respecto, el episcopado expuso que, aunque se trata de un loable fin, “se expone un ataque directo a la Doctrina y la Liturgia de la Iglesia Católica en el tema del Sacramento de la Penitencia o de la Confesión”, motivo por el cual lo consideraron “reprobable tanto desde el punto de vista de la Iglesia, como desde la doctrina de Derechos Humanos más actualizada y constituiría un ataque a la Libertad Religiosa en nuestro país”.

Bajo este contexto, los obispos exhortaron “a todos los católicos a defender nuestra Fe y el respeto a la Libertad religiosa de los católicos en Costa Rica, de frente al proceso de aprobación de este Proyecto de Ley que se pretende dictaminar por la Comisión Legislativa”, por tanto, invitaron a los feligreses a unirse “a nuestro rechazo a esta iniciativa de Ley”.

Solicitud de rectificación

Ante el rotundo rechazo de la CECOR, el diputado y vicepresidente del partido Frente Amplio, Antonio Ortega Gutiérrez, emitió, mediante la red social X -Twitter-, una solicitud de rectificación a la institución eclesial en la cual, el firmante principal de la iniciativa legislativa, llama a los obispos a “poner en el centro la protección de la niñez costarricense y a las personas con discapacidad frente a delitos de violencia sexual”.

En respuesta al requerimiento del diputado, el episcopado reiteró su “compromiso inquebrantable con la protección de la niñez y de las personas más vulnerables”, a la vez en que aclaró que “en ningún momento ha pretendido obstruir la justicia o encubrir delitos de violencia sexual”, por tanto, señaló que resulta incorrecto aseverar que la CECOR se opone “a la justicio o a la protección de los menores.

El proyecto de ley busca cerrar los vacíos legales y luchar contra la impunidad de los delitos de carácter sexual  en contra de menores
El proyecto de ley busca cerrar los vacíos legales y luchar contra la impunidad de los delitos de carácter sexual en contra de menores

No obstante, los obispos sostuvieron “con firmeza” su posición con respecto al sigilo sacramental, “el cual es inviolable según las leyes de la Iglesia y la doctrina católica. Este principio, consagrado durante siglos, no se trata de proteger a quien delinque, sino de preservar el carácter sagrado de la confesión”, razón por la cual, aseveraron que el “proyecto de ley, al pretender levantar el sigilo sacramental, no solo amenaza un derecho fundamental de la práctica religiosa, sino que también compromete la esencia misma de la libertad de culto”.

Expediente 23928

El proyecto denominado “Ley contra el silencio en delitos sexuales en perjuicio de la niñez y personas con discapacidad. Responsabilidad civil solidaria, deber de denuncia y garantía de cumplimiento de protocolos de investigación”, fue presentado por la Comisión de Niñez, Juventud y Adolescencia, tiene por objetivo fortalecer la “legislación sancionatoria y de responsabilidad solidaria en materia de delitos sexuales cometidos contra personas menores de edad”.

En este sentido, se plantean tres objetivos específicos; en primera instancia, “extender la responsabilidad civil solidaria y los plazos de prescripción a las organizaciones que encubran estos hechos ilícitos”, lo cual se traduce en la garantía de que toda organización que encubra delitos sexuales contra infantes o personas con discapacidad, “responda económicamente”.

Subsecuentemente, busca “reforzar el deber de denuncia y cerrar portillos de secretismo en estas mismas organizaciones”, es decir, permitir a las autoridades religiosas levantar el secreto de confesión bajo autorización de la víctima o personas implicadas y, finalmente, “exigir que previo a la desestimación penal de estos actos ilícitos se certifique el cumplimiento de los protocolos de actuación”.

Sigilo sacramental

El sigilo sacramental es la obligación de los sacerdotes de guardar, de forma estricta, bajo secreto absoluto lo declarado por los penitentes, en otras palabras, se trata de la protección de la confianza depositada de las personas que confiesan sus pecados en Dios.

Tal sigilo resulta en el “secreto inviolable de la Confesión”, lo cual implica una “prohibición absoluta…tal que impide al sacerdote hablar del contenido de la confesión con el penitente mismo” y se encuentra especificado en los cánones 983 y 984 del Código de Derecho Canónico, en los cuales se establece que «el confesor nunca y por ninguna razón puede “descubrir al penitente, de palabra o de cualquier otro modo, y por ningún motivo”» al igual que se asevera que “está terminantemente prohibido al confesor hacer uso, con perjuicio del penitente, de los conocimientos adquiridos en la confesión, aunque no haya peligro alguno de revelación”, respectivamente.

Por ende, en la sobre la importancia del foro interno y la inviolabilidad del sigilo sacramental, se dictamina que «cualquier acción política o iniciativa legislativa encaminada a “forzar” la inviolabilidad del sigilo sacramental constituiría un delito inaceptable contra las libertas Ecclesiae, que no reciben la legitimidad de los Estados individuales, sino de Dios; también constituiría una violación de la libertad religiosa, que es jurídicamente fundamental para cualquier otra libertad, incluida la libertad de conciencia de los ciudadanos individuales, ya sean penitentes o confesores».

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04 noviembre 2024, 12:57